Por Dr. Adrián Román Hernández,
Primero el contexto, la Consejera Jurídica de la Presidencia de la República difundió una lista de cuentas de periodistas, medios y comunicadores que, a su juicio, conformarían una “red de amplificación digital” crítica hacia la presidenta de la república y el expresidente anterior. La “lista” habría sido presentada como “evidencia” de un patrón coordinado de comunicación adversa, es decir crítica al régimen.
Segundo, la respuesta es NO, le explico, existe el principio de legalidad en que las autoridades SOLAMENTE pueden hacer lo que expresamente la ley les faculta y en consecuencia, NO pueden hacer lo contrario. Por tanto, basta analizar la normativa aplicable, concretamente la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 43 en que dicha Consejera Jurídica tiene funciones de asesoría legal, representación jurídica del Ejecutivo y revisión normativa, es decir es la “abogada” de la presidenta.
Por tanto, NO existe facultad expresa para investigar, clasificar, monitorear, o publicar listas de periodistas o medios. Más aún, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, prohíbe el tratamiento de datos personales sin finalidad legítima, consentimiento, o base legal. Con ello la lista no tiene sustento legal.
Más aún, nuestra Constitución en su artículo primero prohíbe cualquier acto de autoridad que restrinja derechos sin fundamento legal, el quinto establece la libertad del trabajo, incluyéndose en ello la noble profesión del periodismo y finalmente el artículo sexto, protege la libertad de expresión y prohíbe la censura.
Es cierto que no solamente este gobierno ha dado “seguimiento” a comunicadores adversos, lo que preocupa es que se hizo público con un fin netamente político y polarizador, ¿eso es bueno?. Claramente la lista tiene un efecto inhibidor en que los periodistas dejen de ser críticos y pueden autocensurarse para evitar ser incluidos en listas oficiales, afecta claramente su reputación, acceso a fuentes y su propia seguridad. No olvidemos que el periodismo es de las profesiones más peligrosas en este país los que han perdido la vida o han sufrido atentados.
Existen varios casos recientes, en 2019, el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos fue criticado por monitorear periodistas y activistas en la frontera. No se publicó una lista oficial, pero sí se documentó un programa de vigilancia, considerado violatorio de libertades civiles. En Venezuela, el Estado ha difundido listas de periodistas y medios críticos, acusándolos de formar parte de “campañas de desestabilización”.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha establecido que los Estados deben abstenerse de usar mecanismos de estigmatización contra periodistas (Caso Ríos y otros vs. Venezuela). La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH considera que listas, señalamientos o campañas oficiales contra periodistas constituyen violaciones indirectas a la libertad de expresión.
Después de todo esto, ¿le parece buena idea esta lista? CARPE DIEM.

