Por: Dr. Adrián Román Hernández
Las pensiones paraestatales federales son aquellas prestaciones económicas periódicas otorgadas a ex trabajadores que laboraron en entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, como reconocimiento a sus años de servicio, edad, incapacidad o retiro.
Estas pensiones pueden derivar de leyes generales, condiciones generales de trabajo, contratos colectivos, estatutos internos o convenios específicos, y su financiamiento proviene de recursos públicos federales, aportaciones patronales, cuotas de los trabajadores y, en algunos casos, fondos de ahorro o fideicomisos internos.
Es decir, el otorgamiento y pago de las mismas fueron legales y por ello los pensionados o jubilados adquieren un derecho de no modificación o derogación unilateral, pues las mismas adquirieron la categoría de cosa juzgada y por ende se entiende que no pueden modificarse ni derogarse unilateralmente.
Pese a que existen pensiones modestas el foco de la atención presidencial son las llamadas «pensiones doradas» en el sector paraestatal sobre todo de los trabajadores de confianza, así como el número de beneficiarios y el impacto fiscal anual.
En esencia, se requieren 94 mil millones de pesos al año. Destaca el caso de la ex LyFC (Luz y Fuerza del Centro), donde más de 3,500 jubilados reciben pensiones superiores al salario presidencial (aproximadamente $191,000 mensuales en 2025), y tres exdirectivos superan el millón de pesos al mes.
En PEMEX (Petróleos de México), la pensión más alta también rebasa el millón de pesos, y en CFE (Comisión Federal de Electricidad), aunque el monto máximo es menor, existen más de 2,000 pensionados por encima del tope salarial presidencial.
En febrero de 2026, la presidenta de México envió al Senado una iniciativa de reforma al artículo 127 constitucional para establecer que las pensiones de exfuncionarios de altos mandos de confianza en entidades paraestatales no podrán exceder el 50% de la remuneración neta mensual de la persona titular del Ejecutivo Federal, salvo aquellas previstas en condiciones generales de trabajo o contratos colectivos.
La reforma fue aprobada por unanimidad en el Senado el 11 de marzo de 2026 y turnada a la Cámara de Diputados para su discusión y eventual aprobación.
Se excluyen las pensiones de las Fuerzas Armadas, las jubilaciones o pensiones constituidas por aportaciones voluntarias a sistemas de ahorro individual, las derivadas de aportaciones sindicales en sistemas complementarios y la pensión no contributiva.
Lo polémico es sus disposiciones transitorias es que señala que todas las pensiones y jubilaciones no excluidas, otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma, deberán ajustarse al nuevo límite, incluyendo las vigentes.
De la misma manera los entes públicos deberán revisar y adecuar los contratos, condiciones generales de trabajo y demás instrumentos jurídicos para ajustarse a la reforma.
¿Suena popular toparlas por ser excesivas?, por supuesto que sí, sobre todo si “ganan más que el presidente (a)”, pero fue el mismo Estado quien lo permitió, las creó y además las financió, puede sonar como “privilegios excesivos”, pero no pueden ser tazadas todas de la misma manera.
Ahora, las ya otorgadas entonces sin que exista juicio en su contra nos guste o no, deben se pagadas al ser un derecho adquirido y pensar lo contrario significaría atenta contra la seguridad jurídica, cosa juzgada y sobre todo ante cualquier modificación legislativa se les aplicaría retroactivamente en su perjuicio.
En el estado de Morelos ya tenemos precedentes respecto a pensiones “doradas” no contributivas conforme a la Ley del Servicio Civil, lo cual implicó no solamente cambios legislativos, sino también acciones penales y administrativas conducentes.
Por supuesto, si pueden cambiarse las “reglas” de las nuevas pensiones que en su caso se otorguen pudiendo ser mas “justas”, modificar las ya otorgadas es atentar contra la seguridad y certeza jurídica y sobre todo la dignidad de las personas.
En este caso el poder judicial federal tendrá la última palabra, ¿usted confía en que resolverán conforme a derecho sin sesgos políticos? CARPE DIEM.

