¡Cuidado! Disparar al aire en Morelos ahora puede llevarte a prisión

En Morelos, realizar disparos con arma de fuego de manera injustificada ya se considera un delito, sancionado con penas de dos a cinco años de prisión y una multa de 20 a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a entre 2 mil 262.8 y 11 mil 314 pesos.

La medida entró en vigor tras la publicación del Decreto número 583 en la edición 6484 del Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, mediante el cual se adiciona el Capítulo III Bis al Título Décimo Sexto, denominado “Disparo de arma de fuego”, así como el Artículo 245 Bis al Código Penal del Estado de Morelos.

La reforma contempla los disparos al aire, así como aquellos efectuados en establecimientos comerciales o de servicios, lugares concurridos, domicilios particulares, vía pública o fuera de campos de tiro autorizados.

“Para efectos del presente artículo, se entenderá por causa justificada todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio, propio o de cualquier otra persona”, señala el decreto.

La iniciativa fue presentada en febrero de 2025 por el diputado del PAN, Daniel Martínez Terrazas, y aprobada el 28 de mayo por la mayoría de diputadas y diputados de la LVI Legislatura.

El objetivo de la reforma es tipificar como delito autónomo la acción de disparar un arma de fuego al aire o en cualquier espacio sin justificación alguna, una práctica frecuente durante festividades o celebraciones populares que, en diversos casos, ha tenido consecuencias fatales.

Entre las fechas donde esta conducta suele registrarse se encuentran el 15 de septiembre, el Año Nuevo y otras celebraciones públicas o privadas.

Con la aprobación del decreto, el delito de disparo injustificado de arma de fuego cuenta ahora con penas específicas, que podrán acumularse a otras sanciones en caso de que los disparos provoquen lesiones, muertes o daños materiales.

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